Preventiva para un baigorriense

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La medida cautelar fue dispuesta por la Justicia ordinaria de Rosario en el marco de una causa penal por infracción a la Ley de Estupefacientes y atentado contra el orden público.

Preventiva para un baigorriense

En el marco de una audiencia imputativa celebrada el pasado martes 26 de mayo en las salas del Centro de Justicia Penal de Rosario, la fiscal de la Sede Descentralizada de San Lorenzo, Dra. Florencia Vergili, procedió a formular cargos contra el ciudadano L.I.K., de 34 años de edad.
La representación del Ministerio Público de la Acusación (MPA) le atribuyó formalmente la presunta autoría de los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en concurso real con resistencia a la autoridad, ambos en grado consumado.
Calificación Legal y Elementos de Convicción
De acuerdo con la teoría del caso expuesta por la Fiscalía, el hecho delictivo se registró la madrugada del sábado 23 de mayo, aproximadamente a las 4:10 horas. Personal de la fuerza policial provincial fue comisionado por la central de emergencias hacia la intersección de calle Junín al 2100, en la localidad de Granadero Baigorria, ante un reporte de alteración del orden público.
Al arribar al sitio, los uniformados individualizaron al encartado a bordo de un motovehículo de gran cilindrada color rojo. Al percatarse de la presencia policial y desoír la orden de detención emanada por la autoridad de prevención, el sospechoso inició una maniobra de evasión.
La subsiguiente persecución automotriz culminó con la aprehensión del imputado en la vía pública, precisamente a la altura de calle Estanislao López al 1700. Tras la requisa de urgencia materializada por los agentes, se procedió al secuestro de un elemento textil (una media) que contenía en su interior 70 gramos de una sustancia positiva para clorhidrato de cocaína, junto con una balanza digital de precisión marca Skale. Dichos elementos probatorios fueron incorporados al legajo de la investigación como indicios de la actividad de narcomenudeo.
Luego de escuchar los argumentos de las partes, la Jueza de Primera Instancia, Dra. Chiabrera, dictó el auto que tuvo por formalizada la audiencia imputativa. Al ponderar la verosimilitud del derecho y los riesgos procesales invocados por la vindicta pública, la magistrada hizo lugar a la medida de coerción más gravosa.
En consecuencia, ordenó la prisión preventiva efectiva del encartado hasta el 19 de noviembre de 2026. Se dejó constancia de que, una vez precluido dicho término, el Ministerio Público de la Acusación conservará la facultad de peticionar una prórroga de la restricción de la libertad ante el tribunal correspondiente.