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El nuevo sistema procesal debutó este lunes 8 de junio en el Centro de Justicia Penal. Doce ciudadanos comunes tienen la responsabilidad inédita de dictar un veredicto.

Un cambio de paradigma absoluto comenzó a marchar esta mañana en los tribunales locales. Rosario vive una jornada histórica con la implementación del primer juicio por jurados de su historia, un mecanismo que quita la exclusividad del veredicto a los magistrados tradicionales e incorpora a la ciudadanía en la definición de la culpa o la inocencia en delitos graves.
El debut del sistema se da con un caso de extrema sensibilidad: un femicidio ocurrido en el año 2025. Desde las primeras horas de hoy, se lleva adelante la audiencia de selección en la que, sobre una base de al menos 36 candidatos, la fiscalía y la defensa técnica eligen a los doce jurados titulares (y dos suplentes) que integrarán el tribunal popular. Para garantizar la transparencia, los preseleccionados debieron firmar una declaración jurada confirmando no tener ningún tipo de vínculo con las partes implicadas.
Roles definidos y la exigencia de unanimidad
Las audiencias se extenderán hasta el jueves 11 de junio. El proceso cuenta con la presidencia de la jueza Eleonora Verón, mientras que la acusación está a cargo del fiscal Alejandro Ferlazzo y la defensa técnica es ejercida por la defensora pública Nora Gaspire.
A diferencia del sistema técnico tradicional, el rol de la jueza Verón se limitará a moderar el debate y, en caso de que el acusado sea hallado culpable, determinar el monto de la pena en una instancia posterior denominada «juicio de cesura». La decisión final sobre el hecho estará enteramente en manos de los civiles.
Un punto central de la legislación santafesina es que el veredicto del jurado popular debe ser unánime. «Las doce personas deben coincidir. Si se sostiene la discordancia, puede declararse un jurado estancado, pero estadísticamente en el 90% de los casos se logra la unanimidad», explicó Matías Traico, integrante de la Oficina de Juicios Orales del Ministerio Público de la Acusación (MPA).
Delitos alcanzados y derecho a apelación
Este mecanismo no se aplicará para la totalidad de los delitos del código penal. La ley provincial restringe su uso a los casos considerados de mayor gravedad: homicidios calificados, abusos sexuales seguidos de muerte, homicidios en ocasión de robo y enfrentamientos armados con participación de personal policial o penitenciario.
La nueva modalidad introduce también reglas estrictas de impugnación. Si el jurado ciudadano dicta la «no culpabilidad» del imputado, el fallo es inapelable bajo el precepto de que «ha hablado el pueblo». Por el contrario, si se determina la culpabilidad, la defensa sí contará con instancias legales para revisar la sentencia.
El debate completo, que promete sentar un precedente para la región, podrá ser seguido de forma pública a través del canal oficial de YouTube del Poder Judicial de Santa Fe
