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La Justicia de San Lorenzo condenó a Alexis L. por los brutales homicidios de Santiago Ochoa, Emiliano Saucedo y Eber Ramos cometidos en enero de 2024.

Los Tribunales Provinciales de San Lorenzo fueron escenario este martes de la condena a prisión perpetua para Alexis L., hallado culpable del triple homicidio calificado criminis causa que conmocionó a la región a principios de 2024. El veredicto fue dictado por el tribunal integrado por los jueces de Primera Instancia Eugenio Romanini, Marisol Usandizaga y Gabriel Fajardo.
La acusación, llevada adelante por la fiscal Luisina Paponi, demostró la mecánica y la ferocidad de los ataques cometidos en el interior de la vivienda del condenado, ubicada en calle 13 de Marzo al 300 de la localidad de Capitán Bermúdez, con el único fin de apoderarse de importantes sumas de dinero en efectivo.
De acuerdo a la investigación judicial, el primer hecho ocurrió el 12 de enero de 2024 cerca de las 21:43 horas. Santiago Ochoa y su compañero de trabajo, Emiliano Saucedo, concurrieron al domicilio de Alexis L. para retirar un total de $1.265.000 pesos —que correspondían a un capital inicial entregado semanas atrás bajo la promesa de recibir 990 dólares—. Una vez dentro, el acusado los atacó con una maza de tres kilos y un cuchillo tipo Tramontina, provocándoles a ambos la muerte por lesiones vasculares cervicales graves y politraumatismos de cráneo.
Pocas horas después, minutos antes de la medianoche, se desató el segundo ataque. Eber Ramos se dirigió a la misma vivienda para retirar 4.000 dólares que el imputado le había prometido a cambio de $4.400.000 pesos que la víctima le había entregado esa misma tarde. Alexis L. repitió la letal modalidad: atacó a Ramos con la maza y el cuchillo con mango de madera, causándole el fallecimiento de manera inmediata por heridas similares.
Por esta causa ya existía una condena previa. El 18 de noviembre de 2025, mediante un procedimiento abreviado, Luciano Palacios recibió la pena de 6 años de prisión efectiva tras ser declarado culpable del delito de encubrimiento por favorecimiento real y receptación dolosa agravada
